ARBA recuperó $56 millones tras retener yates de lujo en San Fernando
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) desplegó un operativo de fiscalización en la zona norte del conurbano que culminó con el pago inmediato de deudas impositivas por parte de propietarios de embarcaciones de alta gama.
Durante un reciente procedimiento de control sobre el sector náutico, agentes del organismo detectaron tres yates de lujo con abultadas deudas tributarias. Ante la notificación y la aplicación de una retención preventiva, los propietarios regularizaron su situación en menos de 24 horas para evitar el secuestro definitivo de los bienes. Desde el organismo informaron que, en total, la provincia recuperó más de $56 millones de pesos.
El operativo hizo foco en amarraderos de la localidad de San Fernando, donde se identificaron los siguientes casos:
- Un yate valuado en 450.000 dólares que adeudaba cerca de $33,5 millones de pesos
- Una embarcación de 400.000 dólares con un rojo fiscal de casi $16 millones de pesos
- Un navío de 225.000 dólares que mantenía una deuda próxima a los $7 millones de pesos
Al respecto, el director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, señaló: “El objetivo no es el secuestro en sí, sino lograr que quienes tienen una alta capacidad contributiva cumplan con sus obligaciones”. Asimismo, destacó que la recaudación progresiva es fundamental para sostener la inversión pública y dotar de mayor justicia al sistema tributario.
ARBA ¿puede retener una embarcación?
El organismo cuenta con facultades legales para aplicar retenciones preventivas sobre embarcaciones deportivas que se encuentren amarradas o fondeadas en territorio bonaerense bajo las siguientes condiciones:
- El bien debe superar los $32 millones
- Registrar una deuda superior al 10% de su valuación o adeudar al menos el 30% de las cuotas vencidas no prescriptas
- La embarcación debe figurar en el padrón de morosos publicado en la web de ARBA
Una vez detectada la irregularidad, se labra un acta y se coloca una faja de retención. El propietario queda inhabilitado para disponer del bien y es emplazado a pagar. De persistir el incumplimiento, se procede al secuestro y se da intervención a la justicia.
En el caso de naves no inscriptas, el dueño cuenta con un plazo de 10 días hábiles para dar de alta el bien y evitar sanciones mayores.
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